Bien lo saben quienes se acercaron o llegaron a esa frontera: pasar de ser monotributista a estar en el régimen impositivo general implica un salto hacia costos mucho más altos (sin que esa suba sea proporcional a los mayores ingresos) y hacia una carga burocrática más compleja.
Un proyecto de ley que se trabaja en despachos oficiales tendría como efecto amortiguar ese golpe. Desde el punto de vista fiscal, el interés es terminar con el llamado “enanismo”, el concepto que define la situación de los contribuyentes que declaran menos ingresos que los reales. Desde lo técnico está justificada la necesidad de buscar correcciones al esquema; desde la coyuntura y la política, hay dudas que terminarán definiendo los tiempos del proyecto: se sabe que, en un primer momento, los efectos fiscales serían negativos, y que poner el tema en la agenda legislativa en un año electoral conlleva sus riesgos.
Según pudo conocer
LA NACION, entre los principales aspectos bajo estudio están los siguientes:
- Un esquema de progresividad de los aportes previsionales que pagan los autónomos; hoy el sistema es prácticamente plano y solo se diferencia si la facturación anual es mayor o menor a $20.000 o a $25.000 (según se trate de servicios o de otras actividades). Desde este mes los aportes son de $1931,19 y de $2703,67 (salvo para directores o socios de sociedades). En el monotributo, el aporte jubilatorio va de $493,31 a $1279,52, según la categoría.
- Alícuotas diferenciales del impuesto a las ganancias para las pequeñas y medianas empresas.
- La disposición de un “crédito inducido” del IVA por el primer año tras el cambio de la condición fiscal. Esto, porque al ir de un sistema a otro, el contribuyente tendría débitos del impuesto sin créditos.
- Un tapón fiscal, por el cual la AFIP no miraría hacia atrás el comportamiento del contribuyente que se inscriba en el régimen general.
- El otorgamiento de la opción de que, por una micro o pequeña empresa, la tributación quede en cabeza de su dueño o de sus socios. Desde el Gobierno explican que, si se trata del medio de vida que tienen esas personas, podría aceptarse que el cumplimiento de las obligaciones impositivas las hagan ellas; de todas formas, hay varios aspectos operativos bajo evaluación.
El proyecto está siendo trabajado por los ministerios de Producción y Trabajo y Hacienda, con el asesoramiento técnico de la AFIP.
Una cuestión que se incluyó en el análisis es el dato de que, quienes están en la categoría más alta del monotributo (la K), el importe mensual (incluye el componente impositivo y los aportes jubilatorio y a la obra social) equivale a 6,5% del máximo de ventas permitido (este año, de $1.726.599,88), una carga considerada muy baja en relación con el régimen general (de todas formas, no se prevé cambiar esos niveles de imposición del monotributo ni su dinámica de actualización). En la categoría más alta para prestadores de servicios, el peso del pago mensual es más bajo: de 5,5% de la facturación tope ($1.151.066,58). Medida de esa manera, como porcentaje del ingreso máximo admitido, en la categoría más baja (la A) se paga más: 11,2%.
Hoy hay registrados casi 3,5 millones de monotributistas, contando a los del sistema general, a los que están en la categoría social y a los que solo pagan el componente impositivo (y no aportes a la seguridad social). En el régimen general hay alrededor de 1 millón de inscriptos.
El mapa del monotributo muestra una fuerte concentración en las categorías de ingresos más bajos. Mientras que en la A hay casi 991.000 anotados, en la otra punta (categoría K) hay 852. En el fisco consideran que eso refleja una caras del posible ocultamiento de información de quienes creen que, si están cerca del borde del sistema, quedan más expuestos a controles.
Una de las estrategias de fiscalización del organismo que conduce Leandro Cuccioli pasa por focalizarse en determinados sectores. Por caso, en el de las carnicerías: seis de cada diez están inscriptas como monotributistas y allí se considera que hay maniobras para evadir. Son, en rigor, varios los rubros ligados a la actividad primaria que están o estarán bajo la lupa de la AFIP, dentro de un plan estratégico que se propone bajar en 10 puntos la evasión del IVA en un lustro, con metas anuales.
Por conclusiones a las que llega tras los cruces de datos (los de consumo o movimientos bancarios, por ejemplo), la AFIP está habilitada a excluir monotributistas de oficio. En 2018 hubo 29.862 casos.
El organismo tiene la facultad de recategorizar de oficio si considera que un contribuyente debió haber hecho ese trámite y no lo hizo. Después del 21 de enero pasado (cuando cerró el período de recategorizaciones), 48.946 monotributistas fueron reubicados por la AFIP (en 2018 habían sido 21.468). También creció en forma significativa la cantidad de recategorizados voluntariamente: fueron 507.488 contra menos de 400.000 en 2018.
Ese hecho está en parte vinculado a que este año el esquema del monotributo ajustó sus valores (las facturaciones topes de cada categoría y los importes a pagar) en un porcentaje muy inferior a la inflación de 2018. Como la actualización se hace según la movilidad dada a las jubilaciones, todo se elevó en 28,46%. Así, los contribuyentes pueden haber subido de categoría sin haber mejorado (o incluso habiendo empeorado) su poder adquisitivo.
Tributo sobre las rentas financieras
Los bancos y sociedades de inversión tendrán tiempo hasta el 1° de abril para hacer llegar a la AFIP la información referida a las inversiones hechas por sus clientes en 2018. El plazo original venció el viernes último, pero se decidió extenderlo por dos semanas más.
El objetivo de esa obligación en cabeza de las firmas financieras (que también deben pasarles los datos a sus propios clientes) es que esté disponible la información necesaria para el pago del impuesto sobre la renta financiera, creado por ley y con vigencia a partir de los resultados obtenidos durante el año pasado.
Una vez que el organismo recaudador tenga los datos, los publicará en su página de internet, para que cada contribuyente pueda ver los suyos tras ingresar con la clave fiscal. Estarán en el apartado titulado “Nuestra parte”.
En junio próximo, en las mismas fechas en que venzan las declaraciones tradicionales del impuesto a las ganancias, habrá que presentar la información y tributar por lo obtenido por inversiones financieras (depósitos a plazo fijo, títulos públicos, fondos comunes, etcétera). El monto no imponible por 2018 es de $66.917,91. La alícuota será de 5% para el resultado de colocaciones hechas en pesos y de 15% si fueron en dólares o con cláusula de indexación.
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento.
Para poder comentar tenés que ingresar con tu usuario de LA NACION.