Los bancos comenzaron a informar a sus clientes que, para abrir cuentas de depósitos, pedir préstamos y renovaciones, abrir cuentas de valores en custodia y alquilar cajas de seguridad van a necesitar que participen del censo económico, que lanzó el Indec en noviembre pasado.
Esto rige para personas jurídicas, responsables inscriptos y monotributistas, que necesitarán el certificado de cumplimiento censal para poder seguir usando varios de los productos y servicios bancarios.
El censo es un relevamiento de personas y empresas con actividades registradas que busca conocer la estructura económica del país. Mediante la resolución 180/2020, el Indec procedió a implementarlo, con fecha de inicio el 30 de noviembre pasado y con vigencia de seis meses.
Las personas comprendidas en el censo, de carácter obligatorio, deberán contestar a un cuestionario digital denominado e-CNE, que cuenta con un número de entre 14 y 17 preguntas según la categoría del encuestado. El censo posee el siguiente cronograma de cumplimiento:
Personas Jurídicas: hasta el 1° de abril del 2021.
Autónomos: hasta el 1° de mayo de 2021.
Monotributistas: hasta el 1° de julio de 2021.
“El trámite de respuesta del cuestionario se realiza a través de una sección específica del sitio web del Indec, cuyo ingreso requiere la validación previa de identidad mediante CUIT y clave fiscal de la Plataforma Autenticar. Una vez cumplimentado el referido cuestionario digital, el sistema proporciona el Certificado de Cumplimiento Censal (CCC). En el mismo sitio, por otro lado, es posible encontrar también las instrucciones prácticas necesarias para dar cumplimiento al trámite en cuestión”, explicó Ricardo Proganó, director de Finanzas Corporativas de SMS Buenos Aires.
Con posterioridad, el Banco Central estableció los requisitos que deberán cumplir los distintos productores de bienes y servicios para poder operar con el sistema financiero en función de las obligaciones establecidas por el censo. Al respecto, el BCRA determinó que las entidades financieras deberán exigir el certificado a dichos productores dentro de los siguientes períodos:
Personas Jurídicas: desde el 1° de abril de 2021 y hasta el 28 de febrero de 2022.
Personas Humanas Responsables Inscriptos: desde el 1° de mayo de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022.
Personas Humanas Monotributistas: desde el 1° de julio de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022.
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