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Pidió faltar al trabajo, su jefe le respondió con un emoji afirmativo, pero lo echó: el fallo de la Justicia

El Superior Tribunal de Justicia consideró que fue “ambigua” la interpretación de los mensajes de texto y, a partir de las faltas y sanciones previas del empleado, decidieron que su despido era válido.

06 de septiembre 2023, 07:38hs

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro falló a favor de la empresa que despidió a su empleado. (Foto: Poder Judicial Río Negro).

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro falló a favor de la empresa que despidió a su empleado. (Foto: Poder Judicial Río Negro).

El despido de un hombre causó un verdadero debate en Río Negro. Es que el protagonista de la curiosa historia fue despedido luego de haber faltado a trabajar nueve veces en un mes porque creyó que sus jefes le habían aprobado sus pedidos. Ahora, la Justicia provincial también falló en su contra.

La secuencia que tuvo que resolver el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro fue la siguiente: el empleado-cuya identidad no fue develada- le pidió faltar a trabajar a sus superiores, uno de ellos le respondió con un emoji de un pulgar para arriba y esa respuesta le bastó para considerar que su pedido había sido aprobado. Así lo hizo en nueve oportunidades durante un mismo mes, hasta que lo despidieron y el caso pasó a la justicia.

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El tribunal rionegrino falló a favor de la empresa luego de determinar que la utilización de emojis en las comunicaciones digitales “es muy limitada y relativa” por lo que el emoji -ya sea para aprobar o rechazar- debería estar respaldado por algún otro medio de prueba que aclare lo que ha querido expresar.

El protagonista de la historia alegó que sus ausencias en el trabajo estaban justificadas “porque la empresa respondió con el clásico pulgar hacia arriba de la plataforma de WhatsApp”. Sin embargo, el STJ de Río Negro hizo caso omiso a su defensa.

Fuentes judiciales revelaron que desde el máximo tribunal de Río Negro también explicaron que el uso de los emojis “no es un signo inequívoco que exteriorice una manifestación de voluntad”. En consecuencia, como resultado de las pruebas se habilitó a la empresa para que proceda al despido del empleado, quien había incurrido en nueve inasistencias a sus jornadas laborales durante un mes.

Los jueces reiteraron que el emoji garantizaba la recepción del mensaje, pero no podía interpretarse como una aprobación o conformidad con la comunicación recibida.

Los jueces reiteraron que el emoji garantizaba la recepción del mensaje, pero no podía interpretarse como una aprobación o conformidad con la comunicación recibida.Por: twitter

La cantidad de ausencias fue otro punto que tomó en cuenta el STJ, al igual que los antecedentes del empleado: tenía 47 sanciones y otra gran cantidad de faltas injustificadas en otros meses. La gota que rebalsó el vaso fue la seguidilla de faltas.

“Luego intentó justificar esas faltas y se comunicó con un teléfono corporativo de la firma, de donde le respondieron con el clásico emoji del pulgar hacia arriba que ofrece la plataforma de mensajería de WhatsApp”, explicaron.

Del fallo a favor del empleado al despido justificado: por qué se cambió la decisión

Cuando la empresa promovió el proceso para despedir con justa causa al empleado, la Cámara Laboral de Viedma rechazó esa demanda y consideró “desmedida la sanción, al entender que se había prestado conformidad a la justificación alegada por el trabajador a través del emoji del pulgar”.

Pese a ese fallo en primera instancia que se ponía en favor del empleado despedido, el Superior Tribunal de Justicia tomó el caso y rectificó la decisión que habían tomado desde la Cámara Laboral de la capital de Río Negro para pasar a darle la razón a la empresa.

El tribunal integrado por Ricardo Apcarian, María Cecilia Criado, Sergio M. Barotto, Sergio G. Ceci y Liliana Laura Piccinini analizó el alcance que tuvieron los emojis y sostuvo que “su interpretación es subjetiva y puede variar según la cultura y, fundamentalmente, depende del contexto en el que se utilice”.

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“En la medida que su interpretación puede fluctuar según el contexto y la percepción del receptor, estos íconos no constituyen en sí una expresión de manifestación de voluntad con efectos jurídicos vinculantes”, explicaron los jueces en la sentencia.

En ese contexto, remarcaron que el emoji del pulgar hacia arriba solo implicaba una constancia de recepción y de ninguna manera se pudo interpretar como una aprobación o conformidad con la comunicación recibida. De esta manera, fue habilitado el despido con causa.

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