El DNU 179/2025, que salió este martes publicado en el Boletín Oficial y ya está vigente, aprueba un futuro préstamo “a celebrarse entre el Poder Ejecutivo Nacional y el Fondo Monetario Internacional” y dice expresamente que se utilizará para cancelar una parte de la deuda del Tesoro Nacional con el Banco Central (Letras Intransferibles).
El crédito tendrá un plazo a 10 años (hasta 2035) y habrá que empezar a cancelarlo a partir de mediados de 2029. También se usará para pagar parte de la deuda con el propio FMI.
Al aprobar un préstamo que aún no fue rubricado por el FMI, el DNU no dice de cuánto es ni tampoco cuáles serán las condiciones.
Qué se sabe hasta ahora del préstamo del FMI
Lo que el DNU sí dice es que se tratará de un Programa de Facilidades Extendidas o Extended Fund Facility (EFF) -como el que acordó el exministro Martín Guzmán- y «la operación incluirá el pago de los intereses y cargos en los plazos y tasas preestablecidos por el organismo de crédito para este tipo de acuerdos y el reembolso del capital del préstamo en un plazo de hasta diez años con un período de gracia de cuatro años y seis meses».
Según el FMI, el EFF o SAF en español, «brinda asistencia financiera a los países que enfrentan graves problemas de balanza de pagos a mediano plazo debido a debilidades estructurales que requieren tiempo para ser resueltas. Para ayudar a los países a implementar reformas estructurales a mediano plazo, el SAF ofrece programas más prolongados y un período de reembolso más largo».
Actualmente, y pese a los recortes en la tasa de interés, cargos y recargos, Argentina está pagando un poco más del 6% anual de interés total.
Por ejemplo, sobre una deuda con el FMI de US$ 41.400 millones, Argentina pagará en 2025 un total de US$ 2.560 millones. Como se espera que el acuerdo incorpore fondos frescos, además de la plata que el Fondo le da al país para repagar sus propios vencimientos, al incrementarse la deuda con el FMI, la cuenta de intereses será más elevada.
La deuda del Tesoro Nacional con el Banco Central, al 31 de enero pasado, era de US$ 69.232 millones. Las primeras letras intransferibles que vencen (y las primeras que deberán cancelarse) lo hacen en junio de 2025, según el decreto. Luego se irán pagando en orden cronológico. Hasta julio 2025, suman US$ 11.031 millones, según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC).
El Banco Central desde mediados de 2024 resolvió que esos casi US$ 70.000 millones en letras del Tesoro no se contabilicen a su valor de mercado sino a “costo amortizado considerando el límite del valor recuperable”, lo que representa un 60% menos de su valor nominal (unos US$ 23.000 millones) Y esto como dijo el ministro Luis Caputo porque serían “papelitos de colores”.
En consecuencia, la duda es si el Tesoro le cancelará al Banco Central al 100% del valor de las Letras Intransferibles o el 40% (“costo amortizado”).
El Presidente Javier Milei escribió el pasado 8 de marzo de 2025 que “el dinero que ingrese del FMI, el Tesoro lo utilizará para cancelar parte de su deuda con el Banco Central, de modo tal que la deuda bruta no sube y en caso de que la misma se utilice para rescatar títulos [bonos soberanos] cuyo valor de mercado está debajo la par, la misma caerá. Por lo tanto, el acuerdo con el FMI busca restaurar el patrimonio del BCRA, para que de este modo la inflación sea solo un mal recuerdo del pasado”.
De lo dicho por el Presidente se desprende que las Letras Intransferibles se tomarán al 100% de su valor, por lo que “la deuda bruta no sube”, si bien hay un cambio de acreedor y se modifica una deuda interna interestatal por deuda externa, con el FMI. Por otro lado, el Presidente planteó la posibilidad de utilizar los dólares del FMI para cancelar títulos públicos a valor de mercado, que no lo establece el DNU.
Sin embargo, persiste la duda de a qué valor se tomarán las letras, ya que en los considerandos del decreto dice para la cancelación de letras intransferibles en dólares en poder del BCRA «se tomarán en cuenta los valores existentes en los mercados o los mecanismos usuales específicos para cada transacción a efectos de la fijación de las operaciones de administración de tales pasivos».
El DNU dice que las letras intransferibles que vencen durante el ejercicio fiscal 2025 y no sean canceladas con el préstamo del FMI se regirán por lo dispuesto en el artículo 9° del Decreto N° 1104/24.
Ese decreto establece que la tasa de interés que devengan las Letras Intransferibles será igual a las que devenguen las Reservas Internacionales del BCRA, que el Tesoro Nacional pagará el 40% de esos intereses y que el 60% restante más el capital serán reemplazados por nuevos títulos públicos emitidos a la par, a 5 años de plazo.
Lo que el DNU sí dice es que las reservas netas del Banco Central se redujeron, pero siguen en terreno negativo. El 7 de diciembre de 2023 estaban en un nivel negativo de US$ 11.200 millones y que desde entonces aumentaron en US$ 7.034 millones al 6 de marzo de 2025. De aquí se desprende que serían negativas en US$ 4.166 millones.
NE