El gobernador Claudio Poggi firmó el decreto de promulgación de la Ley N° IV-1193-2026, que modifica la ley de Acción de Amparo para adecuarla al expediente electrónico.
El gobernador de San Luis, Claudio Poggi, promulgó la Ley N° IV-1193-2026, que introduce modificaciones a la Ley Nº IV-0090-2004 de ‘Acción de Amparo’. La reforma busca actualizar el procedimiento judicial y adecuarlo al sistema de expediente electrónico vigente.
Entre los cambios, se establece que las acciones de amparo deberán tramitar ante el Juez de Primera Instancia del lugar donde el acto u omisión tenga o pueda tener efecto, según la materia involucrada, con asignación por turno o sorteo. Esto elimina la posibilidad de elección del magistrado por parte del actor.
La ley también amplía de 3 a 5 días hábiles el plazo para que la parte demandada produzca el informe requerido en el marco del amparo, con el objetivo de garantizar un ejercicio más adecuado del derecho de defensa.
La reforma procura fortalecer la garantía del juez natural, evitar situaciones de posible parcialidad y armonizar el funcionamiento del proceso con los estándares actuales de administración de justicia.